Cuánto cuesta obtener un certificado de últimas voluntades

Obtener un certificado de últimas voluntades en España cuesta 3,86 euros en 2026. Se trata de la tasa oficial que cobra el Ministerio de Justicia mediante el modelo 790, código 006. El importe es el mismo tanto si se solicita por Internet como si se tramita presencialmente o por correo postal.

Este certificado es uno de los documentos habituales que se necesitan después del fallecimiento de una persona para comenzar los trámites de una herencia. Permite saber si el fallecido había otorgado testamento y, si lo había hecho, ante qué notario.

¿Cuánto cuesta el certificado de últimas voluntades?

El precio oficial del certificado de últimas voluntades es de 3,86 €.

Concepto Precio en 2026
Certificado de últimas voluntades 3,86 €
Tasa 006 3,86 €
Solicitud online 3,86 €
Solicitud presencial 3,86 €
Solicitud por correo 3,86 €
Certificado de defunción 0 €
Gestoría o intermediario privado Precio variable

La Administración establece una tasa de 3,86 euros por la expedición del certificado. El importe está sujeto a posibles actualizaciones futuras.

Por tanto, si realizas personalmente el trámite a través de los canales oficiales, no necesitas pagar más de 3,86 euros por este certificado.

¿Qué es el certificado de últimas voluntades?

El certificado de actos de última voluntad es un documento oficial que acredita si una persona fallecida otorgó testamento.

En caso de existir uno o varios testamentos, el certificado permite conocer los datos necesarios para localizar el testamento válido y saber ante qué notario se otorgó.

Este documento es importante porque los herederos pueden utilizar la información para acudir a la notaría correspondiente y solicitar una copia autorizada del testamento.

No debe confundirse con el propio testamento. El certificado no contiene todo el contenido de las últimas voluntades del fallecido, sino que permite conocer si existe testamento y dónde fue otorgado.

¿Cuándo se puede solicitar?

Existe un plazo mínimo que hay que respetar.

El certificado de últimas voluntades no puede solicitarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento, sin contar el día de la defunción ni los días festivos correspondientes.

Esto significa que aunque una familia necesite comenzar rápidamente los trámites de una herencia, no podrá solicitar este certificado inmediatamente después del fallecimiento.

Por este motivo, conviene tener en cuenta este plazo cuando se planifica la documentación necesaria para tramitar una herencia.

¿Se puede solicitar por Internet?

Sí. El Ministerio de Justicia dispone de un trámite específico para solicitar el certificado de actos de última voluntad por Internet.

La Sede Electrónica permite realizar la tramitación telemática y pagar la tasa correspondiente mediante la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria.

Cuando la información necesaria está disponible electrónicamente, el procedimiento puede completarse online.

El certificado puede descargarse posteriormente desde el servicio habilitado por el Ministerio de Justicia utilizando el número de solicitud incluido en el justificante.

Puedes acceder directamente al trámite oficial desde la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

¿Hace falta certificado digital o Cl@ve?

Para la tramitación electrónica existen procedimientos que utilizan identificación mediante Cl@ve.

El Ministerio de Justicia permite realizar el trámite online y consultar posteriormente el estado de la solicitud y descargar el certificado cuando esté disponible.

Si no puedes realizar el trámite electrónico, también existe la posibilidad de presentar la solicitud presencialmente o por correo, utilizando el modelo 790.

¿Cuánto cuesta solicitarlo presencialmente?

El precio es igualmente 3,86 euros.

La tasa no cambia por el hecho de acudir personalmente a una oficina. Para la solicitud presencial se utiliza el modelo 790 y se debe acreditar el pago de la tasa correspondiente.

En Madrid, por ejemplo, el Ministerio de Justicia dispone de atención presencial en la calle Bolsa, número 8, mediante cita previa.

Además, existen Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia donde se pueden realizar determinadas gestiones.

¿Cuánto cuesta solicitarlo por correo?

La tasa también es de 3,86 euros si se realiza la solicitud por correo postal.

Para esta modalidad es necesario utilizar el modelo 790, realizar el pago de la tasa y enviar la documentación requerida junto con el ejemplar correspondiente del formulario.

Por tanto, la vía utilizada no modifica el precio oficial del certificado.

¿Qué documentación hace falta?

Para solicitar el certificado de últimas voluntades de una persona fallecida se necesitan los datos que permitan identificar correctamente al fallecido.

El modelo 790 contempla, entre otros, los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos de la persona fallecida.
  • DNI, NIE u otro documento identificativo cuando se conozca.
  • Fecha de defunción.
  • Lugar de defunción.
  • Fecha y lugar de nacimiento.
  • Datos del testamento, si se conocen.
  • Datos del cónyuge, cuando proceda.

El formulario oficial del Ministerio de Justicia incluye estos campos para la solicitud del certificado de últimas voluntades.

En determinadas situaciones también puede ser necesario aportar el certificado literal de defunción.

Por ejemplo, la vía electrónica tiene condiciones específicas: cuando el fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un Juzgado de Paz, puede realizarse la solicitud telemática con los datos disponibles en los registros. En otros casos, el Ministerio indica que debe utilizarse la vía presencial o postal y aportar el certificado de defunción.

¿El certificado de defunción cuesta dinero?

No.

El certificado de defunción expedido por el Registro Civil es gratuito. Por tanto, si necesitas tanto el certificado literal de defunción como el certificado de últimas voluntades, el primero no añade una tasa de expedición y el segundo tiene una tasa de 3,86 euros.

Esto es diferente del certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, que se utiliza para comprobar si la persona fallecida tenía determinadas pólizas de seguro.

¿Cuánto cuesta el certificado de seguros de fallecimiento?

El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento tiene también una tasa propia de 3,86 euros. La Administración indica que cada certificado está sujeto a su correspondiente tasa.

Por tanto, si solicitas los dos certificados, el coste de las tasas puede ser:

Certificado Coste
Últimas voluntades 3,86 €
Contratos de seguros de fallecimiento 3,86 €
Total de las dos tasas 7,72 €

Ambos trámites pueden realizarse utilizando el mismo modelo 790 cuando se solicitan para la misma persona.

El certificado de seguros puede ser especialmente útil durante la tramitación de una herencia, ya que permite comprobar la existencia de determinados seguros de cobertura de fallecimiento.

¿Cuánto cuesta pedirlo para tramitar una herencia?

Si solo tenemos en cuenta el certificado de últimas voluntades, el coste oficial es de 3,86 euros.

Sin embargo, una herencia puede generar otros gastos posteriormente. Por ejemplo, puede ser necesario solicitar una copia autorizada del testamento, acudir a una notaría, realizar una declaración de herederos si no existe testamento o tramitar impuestos y otros documentos.

Por eso, los 3,86 euros corresponden exclusivamente a la expedición del certificado de últimas voluntades y no al coste completo de tramitar una herencia.

Una vez recibido el certificado, si aparece un testamento, los herederos pueden dirigirse a la notaría que figura en él para solicitar la documentación correspondiente.

¿Cuánto cuesta si contrato una gestoría?

La tasa oficial continúa siendo de 3,86 euros, pero una gestoría, asesoría o empresa privada puede cobrar una cantidad adicional por encargarse del trámite.

Ese importe no es una tasa del Ministerio de Justicia.

Si quieres ahorrar dinero, puedes realizar directamente la solicitud mediante los canales oficiales y pagar únicamente los 3,86 euros de la tasa.

Las empresas privadas que realizan esta gestión pueden ofrecer servicios adicionales como preparar la documentación, presentar la solicitud o enviarte el certificado. El precio dependerá de cada proveedor.

¿Cuánto tarda en obtenerse?

El tiempo depende de la vía utilizada y de las circunstancias de la solicitud.

La Administración establece que deben haber transcurrido previamente 15 días hábiles desde el fallecimiento para poder solicitar el certificado.

Cuando se solicita presencialmente, el certificado puede expedirse normalmente en el momento, aunque en determinadas situaciones puede ser necesario esperar algunos días.

En las solicitudes telemáticas, puedes consultar el estado de la petición y descargar el certificado cuando haya sido emitido. El Ministerio indica que, una vez disponible para su descarga, existe un plazo de 90 días naturales para descargarlo.

¿Qué ocurre después de obtenerlo?

El certificado sirve principalmente para saber si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario.

Si existe testamento, el siguiente paso suele ser localizar la notaría correspondiente y solicitar una copia autorizada.

Si aparecen varios testamentos, el certificado permite identificar las diferentes escrituras testamentarias y sus fechas, lo que facilita localizar el último otorgado.

Si no existe testamento, el procedimiento sucesorio será diferente y puede ser necesario realizar una declaración de herederos abintestato.

Por ello, el certificado de últimas voluntades es uno de los documentos que se suelen solicitar al comienzo de una tramitación hereditaria.

¿Se puede solicitar un certificado de últimas voluntades de una persona fallecida en el extranjero?

Sí, aunque el procedimiento puede ser diferente.

Cuando el fallecimiento se produce en el extranjero y no consta inscrito en el Registro Civil Central o en el consulado español correspondiente, puede ser necesario aportar el certificado de defunción extranjero original, debidamente legalizado y traducido cuando corresponda.

En estos casos pueden aparecer gastos adicionales relacionados con la legalización, apostilla o traducción del certificado extranjero.

Estos costes no forman parte de los 3,86 euros de la tasa del certificado de últimas voluntades.

¿Cuánto cuesta realmente obtener un certificado de últimas voluntades?

El cálculo básico es muy sencillo:

Tasa oficial del certificado de últimas voluntades: 3,86 €.

Gasto Precio
Certificado de últimas voluntades 3,86 €
Certificado de defunción 0 €
Solicitud online oficial Incluida en la tasa
Solicitud presencial Incluida en la tasa
Solicitud por correo Incluida en la tasa
Gestoría o intermediario Variable
Traducción de documentos extranjeros Variable
Apostilla o legalización Según el documento y procedimiento

Por tanto, si realizas tú mismo la solicitud ante el Ministerio de Justicia, puedes obtener el certificado pagando únicamente 3,86 euros.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el certificado de últimas voluntades?

En 2026 cuesta 3,86 euros, correspondientes a la tasa 006 del Ministerio de Justicia.

¿Es obligatorio pagar una tasa?

Sí. Para obtener el certificado hay que abonar la tasa correspondiente, tanto si se solicita online como presencialmente o por correo.

¿Cuándo puedo solicitarlo?

Deben haber transcurrido al menos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.

¿Puedo solicitarlo por Internet?

Sí. El Ministerio de Justicia dispone de un trámite telemático para solicitar el certificado de actos de última voluntad.

¿Necesito una gestoría?

No. Puedes realizar personalmente la solicitud y pagar directamente la tasa oficial de 3,86 euros.

¿Cuánto cuesta junto con el certificado de seguros?

Si solicitas ambos certificados, las tasas son de 3,86 euros por cada uno, por lo que el total es de 7,72 euros.

¿El certificado de últimas voluntades es el testamento?

No. El certificado indica si existe testamento y permite saber ante qué notario se otorgó, pero no sustituye a la copia autorizada del testamento.

¿El certificado de defunción es necesario?

En determinadas modalidades sí. La documentación necesaria depende de la vía utilizada y de las características de la inscripción de la defunción.

¿Se puede solicitar presencialmente?

Sí. También existe la posibilidad de realizar la solicitud por correo postal, utilizando el modelo 790 correspondiente.

Conclusión

Obtener un certificado de últimas voluntades en España cuesta 3,86 euros en 2026. Esta cantidad corresponde a la tasa 006 del Ministerio de Justicia y se aplica a la expedición del certificado.

El documento permite saber si una persona fallecida había otorgado testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario. Es un documento fundamental para iniciar muchos trámites relacionados con una herencia.

La solicitud puede realizarse por Internet, presencialmente o por correo, y hay que esperar 15 días hábiles desde el fallecimiento antes de poder solicitarlo.

Si haces el trámite directamente con el Ministerio de Justicia, el coste es únicamente de 3,86 euros, sin necesidad de contratar una gestoría o intermediario.

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