🔄 Actualizado el 22 de octubre de 2026
En 2026, por un trabajador indefinido de oficina la empresa paga a la Seguridad Social el 32,15 % de su base de cotización y al trabajador se le descuenta un 6,50 % de la nómina. Con el SMI (1.221 € en 14 pagas) eso son unos 458 € al mes de cuota empresarial y 92,59 € de cuota obrera; con 2.000 € brutos en 14 pagas, 750,17 € y 151,67 € respectivamente.
📑 En este artículo
Tipos de cotización 2026: qué paga cada parte
Los tipos del Régimen General los publica la Seguridad Social y los fija la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), con efectos desde el 1 de enero. El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) sube cada año: en 2026 es del 0,90 %, según el Real Decreto-ley 3/2026 y la propia orden.
| Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % |
| Desempleo (contrato indefinido) | 5,50 % | 1,55 % | 7,05 % |
| Desempleo (contrato temporal) | 6,70 % | 1,60 % | 8,30 % |
| FOGASA | 0,20 % | — | 0,20 % |
| Formación profesional | 0,60 % | 0,10 % | 0,70 % |
| MEI | 0,75 % | 0,15 % | 0,90 % |
| Accidentes de trabajo (AT/EP) | según actividad (oficina: 1,50 %) | — | según actividad |
| Total indefinido de oficina | 32,15 % | 6,50 % | 38,65 % |
Fuente: tipos de cotización 2026 de seg-social.es (contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación), Orden PJC/297/2026 y RD-ley 3/2026 (MEI y tarifa AT/EP). Los totales de la última fila son una suma propia: 23,60 + 5,50 + 0,20 + 0,60 + 0,75 + 1,50 = 32,15 % y 4,70 + 1,55 + 0,10 + 0,15 = 6,50 %.
Las horas extraordinarias cotizan aparte: 28,30 % en total las normales (23,60 % empresa y 4,70 % trabajador) y 14 % las de fuerza mayor (12 % y 2 %). Y en contratos temporales de menos de 30 días la empresa paga además una cotización fija de 33,62 € por contrato.
Accidentes de trabajo: depende de a qué se dedique la empresa
La cuota de AT/EP la paga solo la empresa y sale de la tarifa de primas que el RD-ley 3/2026 incorporó a la Ley General de la Seguridad Social, ya con la clasificación CNAE-2025. Hay dos cuadros: el I, por actividad económica, y el II, por ocupación, que se aplica a ciertos puestos sea cual sea la actividad (por ejemplo, el personal de oficina). Algunos ejemplos de la tarifa:
| Actividad u ocupación | IT | IMS | Total |
|---|---|---|---|
| Trabajo exclusivo de oficina (cuadro II, letra a) | 0,80 % | 0,70 % | 1,50 % |
| Restauración y servicios de comidas (CNAE 56) | 0,80 % | 0,70 % | 1,50 % |
| Programación y consultoría informática (CNAE 62) | 0,80 % | 0,70 % | 1,50 % |
| Comercio al por menor (CNAE 47, con excepciones) | 0,95 % | 0,70 % | 1,65 % |
| Transporte de mercancías por carretera (CNAE 494) | 2,00 % | 1,70 % | 3,70 % |
| Construcción de edificios (CNAE 41) | 3,35 % | 3,35 % | 6,70 % |
IT es incapacidad temporal; IMS, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. Un albañil cuesta, por tanto, 5,20 puntos más de cotización que un administrativo con el mismo sueldo (6,70 − 1,50).
Bases mínima y máxima 2026
La cotización no se calcula sobre el sueldo de cada mes, sino sobre la base de cotización: el salario mensual más la parte proporcional de las pagas extra. Si hay 14 pagas, se multiplica el bruto mensual por 14 y se divide entre 12.
- Base máxima: 5.101,20 €/mes para todos los grupos (RD-ley 3/2026 y Orden PJC/297/2026).
- Bases mínimas mensuales: 1.989,30 € (grupo 1, ingenieros y licenciados), 1.649,70 € (grupo 2), 1.435,20 € (grupo 3) y 1.424,40 € (grupos 4 a 7). Los grupos 8 a 11 cotizan por días: mínimo 47,48 € y máximo 170,04 € diarios.
Error típico: aplicar los porcentajes al bruto de 14 pagas como si cada mes cotizara igual. Las pagas extra no se cotizan el mes en que se cobran; se reparten en las 12 bases mensuales.
Ejemplos calculados para 2026
Cálculo propio para un trabajador indefinido a jornada completa, con 14 pagas y tarifa AT/EP de oficina (1,50 %). Cada cuota se ha redondeado al céntimo.
| Concepto | 1.221 € × 14 (SMI) | 2.000 € × 14 | 3.500 € × 14 |
|---|---|---|---|
| Base de cotización mensual | 1.424,50 € | 2.333,33 € | 4.083,33 € |
| Contingencias comunes empresa (23,60 %) | 336,18 € | 550,67 € | 963,67 € |
| Desempleo empresa (5,50 %) | 78,35 € | 128,33 € | 224,58 € |
| FOGASA (0,20 %) | 2,85 € | 4,67 € | 8,17 € |
| Formación profesional empresa (0,60 %) | 8,55 € | 14,00 € | 24,50 € |
| MEI empresa (0,75 %) | 10,68 € | 17,50 € | 30,62 € |
| AT/EP oficina (1,50 %) | 21,37 € | 35,00 € | 61,25 € |
| Total empresa al mes | 457,98 € | 750,17 € | 1.312,79 € |
| Total trabajador al mes (6,50 %) | 92,59 € | 151,67 € | 265,41 € |
| Seguridad Social empresa al año (× 12) | 5.495,76 € | 9.002,04 € | 15.753,48 € |
| Coste anual total (bruto + cuota empresa) | 22.589,76 € | 37.002,04 € | 64.753,48 € |
Cómo sale la base del primer ejemplo: 1.221 × 14 = 17.094 € al año; 17.094 / 12 = 1.424,50 €, que coincide prácticamente con la base mínima de los grupos 4 a 7 (1.424,40 €). La cuota del trabajador se desglosa así en el caso de 2.000 €: 109,67 € de contingencias comunes, 36,17 € de desempleo, 2,33 € de formación y 3,50 € de MEI.
Si el contrato fuera temporal, el desempleo de la empresa pasa del 5,50 % al 6,70 %: en el ejemplo de 2.000 € serían 28,00 € más al mes (2.333,33 × 1,20 %), y al trabajador se le descontarían 1,17 € más (0,05 puntos). Para jornadas parciales, la base se reduce en proporción al salario; lo explicamos en cuánto cuesta contratar a un trabajador a media jornada.
Sueldos altos: la cotización de solidaridad
Desde 2025, la parte del salario que supera la base máxima ya no queda libre de cotizar. En 2026 el RD-ley 3/2026 fija estos tipos sobre el exceso:
- De 5.101,21 a 5.611,32 €: 1,15 % (0,96 % empresa y 0,19 % trabajador).
- De 5.611,33 a 7.651,80 €: 1,25 % (1,04 % y 0,21 %).
- Por encima de 7.651,80 €: 1,46 % (1,22 % y 0,24 %).
Cálculo propio para 6.000 € brutos en 14 pagas (7.000 € al mes con prorrata): las cuotas ordinarias se calculan sobre el tope de 5.101,20 € (1.640,04 € empresa y 331,58 € trabajador, con los mismos tipos que arriba). Además, el tramo 1 son 510,12 € al 1,15 % y el tramo 2, 1.388,68 € (7.000 − 5.611,32) al 1,25 %. La solidaridad suma 23,23 € al mes: 19,34 € a cargo de la empresa y 3,89 € del trabajador.
Cómo calcularlo tú mismo y pagar lo justo
- Calcula la base: bruto anual (con pagas extra) dividido entre 12, sin bajar de la base mínima de tu grupo ni pasar de 5.101,20 €.
- Busca la actividad de la empresa (CNAE) en la tarifa de primas del RD-ley 3/2026 o comprueba si el puesto entra en el cuadro II; ese tipo cambia mucho el resultado.
- Aplica los tipos de la tabla según el tipo de contrato. Para el trabajador, el 6,50 % es el mismo en cualquier indefinido.
Para pagar menos sin hacer trampas: revisa que el personal administrativo esté dado de alta con el código de oficina y no con el de la actividad principal, porque un epígrafe mal asignado puede encarecer la cuota de AT/EP varios puntos. Y antes de firmar un contrato temporal muy corto, compara su coste extra (desempleo más alto y, si dura menos de 30 días, los 33,62 € adicionales). Si buscas otras herramientas de cálculo, tienes nuestras calculadoras.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga la empresa a la Seguridad Social por un trabajador con el SMI en 2026?
Con 1.221 € en 14 pagas y tarifa de oficina, 457,98 € al mes (5.495,76 € al año), según nuestro cálculo con los tipos oficiales. En actividades de más riesgo, como la construcción, sale más.
¿Qué porcentaje de mi nómina se va a la Seguridad Social?
Con contrato indefinido, el 6,50 % de la base de cotización: 4,70 % de contingencias comunes, 1,55 % de desempleo, 0,10 % de formación y 0,15 % de MEI. Con contrato temporal, el 6,55 %.
¿Las pagas extra cotizan en el mes en que se cobran?
No. Según la Orden PJC/297/2026, su importe anual se prorratea, de modo que cada base mensual ya incluye su parte. Por eso un sueldo de 2.000 € en 14 pagas cotiza sobre 2.333,33 €.
¿Qué es el MEI que aparece en la nómina?
Una cotización finalista del sistema de pensiones que, según la Seguridad Social, no computa a efectos de prestaciones. En 2026 es del 0,90 % (0,75 % empresa y 0,15 % trabajador) y, según la Seguridad Social, se aplicará hasta 2050.
Fuentes y fecha de consulta
- Seguridad Social: bases y tipos de cotización 2026
- BOE: Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, de cotización a la Seguridad Social para 2026
- BOE: Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (base máxima, MEI, cotización de solidaridad y tarifa de primas AT/EP)
- BOE: Ley General de la Seguridad Social (texto consolidado)
- BOE: Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional para 2026
- Cuatrecasas: nuevos topes y bases de cotización para 2026 (5/02/2026)
Precios consultados en octubre de 2026.
